domingo, 24 de febrero de 2013

PROHIBIDO ENSEÑAR TETAS

Andar por Olite con “el torso desnudo”, hasta 500 € de multa; hacer botellón en la calle con “molestias” para los vecinos, otros 500; mear en la vía pública, un máximo de 1000; pasear animales sin bozal, otro tanto. Si se hace una pintada, la sanción sube un peldaño más y el multado podrá apoquinar hasta 3.000 €, un tercio menos si lanza octavillas… Estas son algunas “tarifas” de la nueva ordenanza difundida por el Ayuntamiento para regular la “convivencia” y “proteger” los espacios públicos de la localidad a través de una tabla de sanciones que se acaban de aprobar.

         El texto advierte de que el objetivo es “preservar” los lugares comunes del vecindario, si bien, a expensas de cualquier recurso legal, abre una ventana a una interpretación amplia que, por ejemplo, alcanza hasta pancartas o letreros como los exhibidos recientemente por los propietarios de la urbanización de “la Moraleja”. “Las medidas de protección”, señala el texto, se extiende a las fachadas “de titularidad pública o privada… siempre que estén situados en la vía pública o sean visibles desde ella aún siendo bienes privados”.

         La normativa, que reconoce estar sujeta a facultades de otras Administraciones, también restringe a la autorización municipal la instalación de mesas para el reparto de propaganda o recogida de firmas, un hecho que, por ejemplo, ya se dio el año pasado cuando la coordinadora anti tren de alta velocidad denunció que le habían impedido una actividad similar en la plaza del pueblo.

         La ordenanza fue aprobada en el Pleno celebrado el pasado 2 de enero sin que ningún edil (UPN, PSN, PP) mostrara matización, ni siquiera el único concejal de Bildu del consistorio que, según el acta, se incorporó a la sesión después de que se abordara este punto.

         La norma recoge otros aspectos más demandados por la población, como la protección del patrimonio artístico sometido al gamberrismo. Así, queda especialmente prohibido el uso de pirotecnia en las inmediaciones de las iglesias, un hábito que perjudica claustros y portadas tras la celebración de bodas o bautizos.  
    
         En la exposición de motivos, el redactor señala que la regulación persigue salvaguardar lo público con respeto a los derechos de todos y “a la pluralidad de expresiones y formas de vida diversas existentes en Olite”.

         El artículo que reglamenta la presencia de publicidad establece que, sin consentimiento del Ayuntamiento, está prohibido “colocar cualquier tipo de anuncio en la fachada de edificios públicos, porches, marquesinas, mobiliario urbano, arbolado y muros”. Igualmente, limita poner toda “clase de pegatina, cartel, pasquín, pancarta o banderola de cualquier índole”.

         “Se prohíbe esparcir y tirar toda clase de folletos, octavillas o papeles de propaganda o publicidad”, a la vez que avanza que imputará a los responsables el coste de los servicios de limpieza.

         En los parques y jardines públicos, entre otros apartados, no se podrá pasear con perros si no van atados. Tampoco “jugar con balón de cuero”…Además, “los conductores de vehículos se abstendrán de poner a elevada potencia los aparatos musicales”.

         En el capítulo reservado a los animales, está vedado su abandono y no se toleran agresiones físicas, si bien no considera maltrato las actividades organizadas por el propio consistorio como los festejos taurinos, en los que se seguirán aplicando “las normas tradicionales”.

         El listado de faltas graves también señala, por ejemplo, la venta de alimentos o bebidas en la vía pública, la “obstrucción a la labor inspectora” o la negativa de los presuntos infractores a identificarse.

         Muy grave es “arrancar, realizar pintadas o causar daños en la señalización pública que impida o dificulte su visión o comprensión”, provocar de forma maliciosa la movilización de servicios de urgencia o sabotear el alumbrado.

         En cuanto a los elementos de prueba, en las sanciones tienen valor las declaraciones hechas por los agentes de la autoridad, caso de los alguaciles, así como las del alcalde como jefe de la policía local. Las sanciones o indemnizaciones se pueden sustituir por trabajos comunitarios.

4 comentarios:

  1. ¿Sobre el transito de porquería por las calles, no dice nada?. Es de suponer que será para que políticos y banqueros puedan caminar por la calle sin ser multados

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  2. Yo creo que esto es ilegal. La libertad de expresión se ve reducida al mínimo.Esto es recurrible, pero a ver quién recurre si todos están de acuerdo. ¡Vaya ayuntamiento carca! Censuradores y pacatos, al final se volverá en vuestra contra, muajajaja!
    Ah, no, que seguro que aplican la normativa según quién seas.

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  3. más les valdría penalizar las mierdas de los perros, porque mi barrio es donde cagan todos los condenados perros del pueblo. Y más les valdría penar otras muchas más cosas.

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  4. ¿Donde esta la normativa que penalicé al que no recoge la mierda que deja su perro en la vía publica?Que vergüenza de pueblo parece un cagadero perros,en algunas zonas hay que caminar salvando obstáculos.
    Es vergonzoso,la mayoría de personas con perro a su cuidado lo sacan a cagar y mear a la puerta el vecino, cuanto se quiere a los animales y que poco respeto a las personas.

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